Portada  |  17 octubre 2020

La Justicia falló a favor de un bahiense que estaba pagando una exacerbada cuota de autoplan

Actualidad

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°5 Departamental, a cargo del
Dr. Pablo Federico Bostal, ante el planteo de una medida cautelar de un ahorrista, dictó en
las últimas horas, una original resolución admitiendo una medida cautelar innovativa,
ordenando a "FCA S.A. de Ahorro Para Fines Determinados y FCA Automóviles Argentina
S.A." (FIAT ARGENTINA), a liquidar al presentante, las cuotas, desde el mes de marzo de
2020, -que actualmente alcanzaban los casi $ 25.000 mensuales-, considerando como
base, el valor de la cuota del mes de abril de 2018 ($ 3.411,41-), adicionándole un interés
de 54% en virtud de la inflación interanual.

Se fijo entonces, la cuota para el mes de marzo de 2020, en la suma de $ 6.943,49,
estimativamente, la cuarta parte de la liquidada, e intimada por la parte demandada.

Se consideró así por parte del Juez, además de la variable inflacionaria, el criterio de
"esfuerzo compartido" que entendió ponderable para situaciones como estas, frente al
planteo de la cautelar.

El reclamo, al que se hizo lugar con esta decisión preliminar, se basó en la exagerada
escalada que se aprecia en el monto de las cuotas que FCA S.A. de Ahorro Para Fines
Determinados y FCA Automóviles Argentina S.A. pretendía percibir, que superan clara y
evidentemente los márgenes de inflación comprobados en el país, que había llevado la
cuota abonada en abril de 2018, de $ 3.411,41, a las ultimas liquidadas (y que no habían
podido ser abonadas por el actor) de $ 22.347,76 (mes de julio de 2020)

Es que el incremento superaba el 450%, y más allá de la clara desproporcionalidad con el
aumento de la inflación, de los últimos 2 años y medio del país, que superó levemente
el 110%, resultaba altamente lesivo para la economía familiar.

El reclamante, había manifestado su buena fe contractual frente a la empresa, y había
notificado por Carta documento a la Administradora del Plan de Ahorro su voluntad de
repactar el valor de la cuota mensual, ofreciendo abonar el 50% de las sumas liquidadas.
Sin embargo, desde la Empresa, no solo rechazaron la propuesta, sino que avanzaron en
los aumentos desmedidos, y hasta en permanentes intimaciones vía email y telefónicas.

En las últimas horas, hasta remitieron una muy incómoda intimación de pago, llegada
desde un reconocido Estudio Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
otorgaba un plazo de 48 hs para regularizar los pagos, bajo apercibimiento de secuestrar
el rodado y rematarlo.

Con esta nueva resolución, -de las primeras en Bahía Blanca-, y hasta tanto se trate la cuestión de fondo, que otorgue una resolución definitiva al conflicto, se le brinda al ahorrista
la posibilidad de cumplir con el compromiso contractual asumido, sin poner en jaque su
economía familiar, cuestión tan valiosa en tiempos adversos para la economía de los
argentinos.

Se aclara que el fallo, -como medida cautelar que trata-, solo es aplicable a quien lo planteó,
aunque nuevamente alerta a las Administradoras de Planes de Ahorros, y enciende la luz
roja frente a las unilaterales decisiones que, constituyen un abuso irrazonable en la
posición contractual dominante, en cabeza de las empresas.

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