Portada  |  01 abril 2020

Postergan el plazo para pagar tarjetas de crédito hasta el 13 de abril

El Banco Central también recortó la tasa de interés para financiaciones del 55% al 49%.

Economía

El Banco Central decidió este martes por la noche que los usuarios de tarjetas de crédito podrán demorar hasta el 13 de abril el pago del resumen de consumos del mes de marzo.

Aunque el vencimiento impreso en el resumen que están recibiendo refiera a una fecha anterior, los usuarios tendrán derecho a pagar hasta el 13 sin pagar penalidad de ningún tipo. Si no pagan todo el monto total, la parte adeudada se financiará a una tasa máxima del 49% anual (era 55% hasta ahora). La fecha previsa es el mismo día que concluye el aislamiento obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional. 

Este miércoles vencía la postergación de los vencimientos de los resúmenes de las tarjetas que caían originalmente durante la primera fase de la cuarentena, la que corrió entre el 14 y el 31 de marzo.

"Cuando se trate de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, los vencimientos de resúmenes de cuenta que se produzcan entre los días 1 al 12 de abril de 2020 podrán ser cancelados por los clientes el día 13 de ese mes por el mismo importe del resumen y sin ningún recargo", explicó el Banco Central.

Mientras dure la cuarentena, las entidades financieras y cambiarias no podrán abrir sus casas operativas para la atención al público en general.

Por otra parte, la autoridad monetaria estableció que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de asistencias crediticias otorgadas por entidades financieras que operen a partir de este miércoles y hasta el 30 de junio próximo, sólo podrán devengar el interés compensatorio a la tasa prevista contractualmente.

En el caso de saldos impagos de las financiaciones de entidades financieras -excluidas las tarjetas de crédito- que operen en ese período, la entidad deberá incorporar la cuota en el mes siguiente al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio.

En tanto, la autoridad monetaria recordó que tanto el débito directo como el débito automático en la propia entidad financiera pueden ser revisados a solicitud de los clientes, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la devolución de los fondos debe operar dentro de los tres días hábiles de la solicitud.

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